Derechos de autor y agencias de traducción
Autor wątku: Maria Alvarez
Maria Alvarez
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May 7, 2011

Hola compañeros:

Me gustaría preguntar sobre un problema que me surgió el año pasado y que se me ha vuelto a plantear. Hace un año, una agencia me propuso una traducción literaria, ante mi pregunta sobre los derechos de autor/autoría de la traducción, me dieron la callada por respuesta.

Desde Acett, me dijeron que los derechos de autor son inalienables e irrenunciables. En el último día de libro, me regalaron un ejemplar sobre vida prehistórica y dinosaurios
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Hola compañeros:

Me gustaría preguntar sobre un problema que me surgió el año pasado y que se me ha vuelto a plantear. Hace un año, una agencia me propuso una traducción literaria, ante mi pregunta sobre los derechos de autor/autoría de la traducción, me dieron la callada por respuesta.

Desde Acett, me dijeron que los derechos de autor son inalienables e irrenunciables. En el último día de libro, me regalaron un ejemplar sobre vida prehistórica y dinosaurios. Y sorpresa, sorpresa, en la traducción aparece una empresa jurídica (ni rastro de traducción humana, ni se mencionan a los posibles traductores). Hojeando ejemplares en las librerías, parece que en narrativa suele figurar el nombre del traductor, sin embargo, en libros técnicos, manuales, guías de viaje, libros de cocina, las cosas cambian. Me he encontrado a traductores "jurídicos", a traductores físicos pero a cuenta de una agencia o directamente sólo a la editorial. En concreto, en los manuales de biología, se suele respetar al traductor cuando es un profesor universitario. No digo que pase en todos los manuales, pero en bastantes (me refiero a los traducidos), la mención al autor de la versión castellana brilla por su ausencia.

¿Cómo se trata el asunto de la traducción de libros, cuando el encargo proviene de una agencia? ¿Se debería hacer un contrato? Me volvió a surgir la cuestión hace unos meses, aunque al final, no acepté. No veo claro este tema.

He visto que las agencias literarias figuran debajo del nombre del autor al que representan en muchas ediciones. ¿No debería ser así también para la traducción? Ya sé que una agencia literaria va a comisión y una agencia de traducción tiene otro procedimiento. ¿Alguien tiene alguna experiencia?

Buen fin de semana.

María L.

[Edited at 2011-05-07 17:01 GMT]
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isabelmurill (X)
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Mi única experiencia traduciendo libros para agencias May 7, 2011

Acett te informó perfectamente: los derechos de autor son inalienables e irrenunciables y por ello se ha de luchar.

Yo soy exclusivamente traductora de libros (ficción y no ficción) y he traducido para una agencia una única vez y de eso hace ya cinco años. Fue un libro de marketing. La propuesta llegó por parte de ellos y les dije que muy bien, pero que quería un contrato y que mi nombre apareciera como autora de la traducción. Por lo visto era la primera vez que un traduc
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Acett te informó perfectamente: los derechos de autor son inalienables e irrenunciables y por ello se ha de luchar.

Yo soy exclusivamente traductora de libros (ficción y no ficción) y he traducido para una agencia una única vez y de eso hace ya cinco años. Fue un libro de marketing. La propuesta llegó por parte de ellos y les dije que muy bien, pero que quería un contrato y que mi nombre apareciera como autora de la traducción. Por lo visto era la primera vez que un traductor les venía con esas "exigencias". Les sugerí que se pusieran en contacto con el abogado de la Acec (Asociación de Escriptors de Catalunya), de la que formo parte, y que con su ayuda redactaran un contrato. Hasta que no tuve el contrato firmado no empecé el libro. El contrato fue entre la agencia y yo.

La agencia se negó en todo momento a facilitarme el nombre de la editorial que les había pedido que fuera yo quien lo tradujera. Entregué mi trabajo y nunca volví a trabajar con ellos, ni siquiera recibí los ejemplares justificativos... eso sí, en cuanto localicé el libro en el ISBN me puse en contacto con la editorial, y empecé a trabajar directamente. Y sigo aún trabajando con ellos.

Buen fin de semana!
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Daniel García
Daniel García
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El contrato no te prohibía tratar con el cliente directamente? May 7, 2011

La agencia se negó en todo momento a facilitarme el nombre de la editorial que les había pedido que fuera yo quien lo tradujera. Entregué mi trabajo y nunca volví a trabajar con ellos, ni siquiera recibí los ejemplares justificativos... eso sí, en cuanto localicé el libro en el ISBN me puse en contacto con la editorial, y empecé a trabajar directamente. Y sigo aún trabajando con ellos.


Este dato es interesante. ¿El contrato con la agencia no te prohibía ponerte en contacto con el cliente final?

Muchas agencias incluyen cláusulas de este estilo para evitar que les roben los clientes.

Creo recordar que también se mencionaba esto en algún código deontológico.

Daniel


 
Maria Alvarez
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NOWY TEMAT
Gracias, Isabel May 8, 2011

Me parece muy triste que la agencia lo tildará de "exigencias", cuando simplemente estás ajustándote a la legislación vigente. ¿Desde cuándo cumplir lo legalmente establecido es una exigencia?

Desde Acett también me precisaron algo más, si se detecta una edición que no cumple la legislación (como es que no se respeten los derechos de autor del traductor), se puede denunciar y se retiraría el libro del mercado. Supongo que más de uno tendería a pensar que no quiere mete
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Me parece muy triste que la agencia lo tildará de "exigencias", cuando simplemente estás ajustándote a la legislación vigente. ¿Desde cuándo cumplir lo legalmente establecido es una exigencia?

Desde Acett también me precisaron algo más, si se detecta una edición que no cumple la legislación (como es que no se respeten los derechos de autor del traductor), se puede denunciar y se retiraría el libro del mercado. Supongo que más de uno tendería a pensar que no quiere meterse en "fregados" jurídicos.

Aquí te topas con dos problemas, el abuso de unos y la desinformación y/o mala praxis de otros. Muchos traductores ignoran la legislación en materia de propiedad intelectual. Las agencias desaprensivas juegan con el argumento de que siempre habrá alguien que acepte. Pero si un compañero acepta un encargo que no respeta las condiciones legales está perjudicando al resto de la profesión. Y creo que costó mucho que se reconocieran los derechos de autor del traductor.

Feliz domingo.

María L.
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isabelmurill (X)
isabelmurill (X)
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El contrato era exclusivamente para este libro May 9, 2011

Daniel García wrote:

Este dato es interesante. ¿El contrato con la agencia no te prohibía ponerte en contacto con el cliente final?


Tengo el contrato fisicamente conmigo en el momento de escribir estas líneas: es un contrato única y exclusivamente para este libro, prácticamente calcado a los que firmo con las editoriales, y en ningún momento explicita que yo no pueda trabajar para la editorial directamente. Quizás el tema es que no se trataba de una "agencia" al uso, sino de una "productora editorial".

El hecho de que después yo contactara con la editorial no quebrantó en absoluto el contrato firmado en su día. Si lo hice además fue, basicamente, porque, y eso no lo mencioné porque consideré que no tenía relevancia para este hilo, la productora en cuestión hizo fallida mientras yo estaba traduciendo el libro: cobrarlo me costó lo suyo.


 
isabelmurill (X)
isabelmurill (X)
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agencias vs productora editorial May 9, 2011

Respondiendo el anterior post se me ha ocurrido que habría que distinguir aquí entre dos figuras:

- la agencia de traducciones
- la productora editorial.

En el caso que mencioné era una productora editorial que actuaba a modo de agencia de traducciones, pues consideraba la traducción de un "libro" (ficción o no ficción) como un manual, o un texto legal a traducir, pongamos el caso.

Yo sí trabajo con distintas editoriales que subcontratan la ed
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Respondiendo el anterior post se me ha ocurrido que habría que distinguir aquí entre dos figuras:

- la agencia de traducciones
- la productora editorial.

En el caso que mencioné era una productora editorial que actuaba a modo de agencia de traducciones, pues consideraba la traducción de un "libro" (ficción o no ficción) como un manual, o un texto legal a traducir, pongamos el caso.

Yo sí trabajo con distintas editoriales que subcontratan la edición del libro a productoras editoriales: desde la coordinación de la traducción y la revisión, hasta el diseño de la portada y la impresión.

Cuando trabajo para estas productoras editoriales, el contrato lo firmo directamente con la editorial, y el nombre de la productora editorial no aparece para nada, es un simple intermediario que coordina las distintas tareas, entre ellas la de seleccionar el traductor y el revisor del texto. Por lo tanto, no lo considero como una agencia.
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Maria Alvarez
Maria Alvarez  Identity Verified
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NOWY TEMAT
¿Contrato con las agencias de traducción? May 9, 2011

Esa es mi duda. Supongo que en el caso de un libro (narrativa u otros) cuya traducción encarga una agencia de traducción, se tendría que firmar el contrato con la agencia, cuanto menos, a no ser que actuara como intermediaria (cosa que ignoro y dudo).

Si ya es difícil que se paguen los derechos de autor, no me imagino lo que puede ser si la cadena es editorial-agencia-traductor.

Tengo delante de mí varios manuales de cocina y me aparecen tres casos:
- tradu
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Esa es mi duda. Supongo que en el caso de un libro (narrativa u otros) cuya traducción encarga una agencia de traducción, se tendría que firmar el contrato con la agencia, cuanto menos, a no ser que actuara como intermediaria (cosa que ignoro y dudo).

Si ya es difícil que se paguen los derechos de autor, no me imagino lo que puede ser si la cadena es editorial-agencia-traductor.

Tengo delante de mí varios manuales de cocina y me aparecen tres casos:
- traductor XXX para agencia de traducción YYY
- traductor ZZZ para productora editorial WWWW
- agencia de traducción PPPP única y exclusivamente (este último caso es el que me parece preocupante)

Un saludo, M.L.
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Yun Li Lian
Yun Li Lian  Identity Verified
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Local time: 18:40
hiszpański > chiński
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Derecho de Autor en Traducciones de Articulos para Revistas May 12, 2011

Yo trabajo con varias revistas de ámbito internacional, normalmente figuro como traductor en todos los artículos que traduzco, y cuando se trata de números especiales (informes, reportajes, etc.) mi nombre aparece en la cubierta del mismo.

Ahora, nunca he recibido un céntimo en conceptos de derecho de autor. Supongo que al ser una revista, no existe re-ediciones del mismo., ¿vosotros que opináis?

Un saludo

Yun


 


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